Establecidas las condiciones para la reapertura de las instalaciones deportivas al aire libre

El Ministerio de Sanidad determina los territorios que acceden a la Fase 1 a partir del 11 de mayo

El Ministerio de Sanidad anunció el 8 de mayo cuáles son los territorios que han cumplido los criterios técnicos para seguir avanzando en el desconfinamiento y que pasan a la denominada Fase 1, donde se permite, entre otras cosas, el uso de las instalaciones deportivas al aire libre.

Territorios que pasan a la Fase 1 (a partir del 11 de mayo)

Asimismo, con fecha 9 de mayo, se ha publicado la Orden SND/399/2020 donde, en materia de práctica deportiva, en el Capítulo XII, se establecen las condiciones en las que los deportistas profesionales, de Alto Nivel, de Alto Rendimiento, de interés nacional y deportistas federados pueden realizar su actividad deportiva durante esta fase.

Así, entre otros aspectos, se disponen las condiciones para la reapertura de los Centros de Alto Rendimiento, de las instalaciones deportivas al aire libre, de los centros deportivos para la práctica deportiva individual y el entrenamiento medio en ligas profesionales.

Orden SND/399/2020 de 9 de mayo (condiciones reapertura instalaciones deportivas al aire libre, capítulo XII)

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Decretos del Gobierno de España relacionados con el golf y la actividad deportiva

Protocolo de apertura del deporte del golf

Game of Golf Opening Protocol